La Incorporación de Trabajadoras del Hogar es obligatoria
LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, LUISA MARÍA ALCALDE LUJÁN, da la información al respecto:
Programa de Incorporación de Trabajadoras del Hogar en nuestro país, que se ha venido trabajando de la mano del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Lo primero a destacar es que en nuestro país hay 2.3 millones de personas que realizan trabajo del hogar, la gran mayoría son mujeres, 88 por ciento mujeres y 12 por ciento hombres, según datos del Inegi.
Viene la etapa de incorporación obligatoria. Esta etapa, que es resultado de una reforma a la Ley del Seguro Social, que fue aprobada en octubre de este año y que está próxima a ser publicada en el Diario Oficial de la Federación esta semana, implica que los empleadores de manera individual están obligados a registrar a las personas trabajadoras del hogar desde el primer día de trabajo.
El pago se efectúa por cada empleador de acuerdo al salario y a los días trabajados de cada persona trabajadora del hogar, y se podrá cumplir la obligación por día, por mes, por bimestre, por semestre o incluso por año. El IMSS extiende el beneficio del aseguramiento por mes completo cuando en la suma de todos los empleadores se completa un mes.
¿Cuáles son los beneficios del aseguramiento? ¿Cuál es la distinción de estar asegurado o no estar?
Se tiene atención médica sin limitaciones, incapacidades, riesgos de trabajo, acceso a guarderías, acceso a un fondo de retiro para poder tener una pensión, cobertura para la familia de las personas trabajadoras del hogar y cobertura a créditos de vivienda en Infonavit próximamente, y ponemos próximamente porque esto está hoy discutiéndose en el seno del Congreso.
¿Cómo se puede registrar a una persona trabajadora?
Una de los grandes retos es que esto fuera sencillo, que no fuera un trámite burocrático, que los empleadores pudieran en unos minutos poder registrar a su trabajadora del hogar, y son cuatro pasos:
El primer paso es, bueno, primero, ingresar a la plataforma, se puede hacer de forma remota, no hay que acudir a ninguna oficina de gobierno. El primer paso es poner la información del empleador, se requiere el CURP, un correo electrónico, domicilio y los datos de contacto.
Después, el segundo paso es poner la información de la trabajadora del hogar. También se necesita CURP domicilio, datos de contacto y el número de seguridad social, que, si no se tiene, que muchas veces esto es factible porque nunca antes había sido registrada o cotizado en el IMSS, ahí mismo se puede acceder a otra página para conseguirlo.
En el paso 3 se ingresa el día, los días trabajados y el salario. Sabemos que puede haber el caso donde la trabajadora del hogar trabaje de tiempo completo, por lo cual se registra el tiempo completo, se va a establecer cuál es el salario diario. Aquí pusimos tres ejemplos.
Este salario diario es el salario mínimo profesional para trabajadoras del hogar, 181 pesos al día. Y ahí mismo te va a calcular la cuota a pagar, si yo establezco que la trabajadora del hogar, en mi caso, viene tiempo completo y el salario es de 181 pesos diarios, me arroja que la cuota a cubrir es de mil 314.
En el segundo ejemplo pusimos cuatro días a la semana, la trabajadora asiste entonces 17 días al mes con un salario diario de 300 pesos. Se hace el cálculo y me arroja que la cuota a cubrir es de mil 265 pesos y que estos son los días en los que la trabajadora tendrá cobertura.
Finalmente, en el tercer ejemplo, la trabajadora va martes y jueves, asiste dos días a la semana, ocho días al mes, con un salario de 350 pesos diarios. Me calcula la cuota a cubrir y me arroja que debo pagar 645 pesos mensuales, y que estos son los días en los que la trabajadora tendrá cobertura.
Finalmente, en el cuarto paso, el sistema haciendo este cálculo a pagar, te arroja una línea de captura para que tú puedas realizar el pago dentro de los primeros 20 días del mes. Y lo puedes hacer, ya sea en la ventanilla bancaria o a través de la banca en línea.
El aseguramiento inicia el primer día del siguiente mes. Y en los siguientes periodos ya no tengo que volver a hacer el registro, sino que automáticamente me van a estar mandando mes a mes mi línea de captura.
Finalmente, aquí nada más dejar, para dudas. Esto, al ser una opción nueva, hay algunas dudas, tanto de empleadores como de trabajadores, 01 800 600 2323. Y está la opción 1 para el caso de empleadores, la opción 2 para el caso de trabajadoras del hogar.





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