¿Vendiendo el patrimonio de Querétaro?

Dudas legales detrás de la intención del Municipio de enajenar 12 predios públicos

Por David Smeke

Lo que inició como un acuerdo administrativo aprobado por mayoría en el Cabildo de Querétaro se ha convertido en uno de los debates jurídicos y políticos más importantes del año. La autorización para vender 12 predios municipales —que junto con otros dos inmuebles previamente desincorporados suman 14 terrenos susceptibles de enajenación— enfrenta ahora cuestionamientos sobre su legalidad, la transparencia del procedimiento y el destino que tendría el dinero obtenido.

El acuerdo fue aprobado con 14 votos a favor y autoriza la enajenación de diversos bienes propiedad del municipio mediante subasta pública. Sin embargo, el punto que ha encendido la polémica no es únicamente la venta de los terrenos, sino que los recursos obtenidos podrían utilizarse para cubrir gasto corriente de la administración municipal.

Desde el pasado 11 de junio, la regidora Paulina Aguado advirtió públicamente que los terrenos cuya venta fue autorizada corresponden a áreas originalmente destinadas al equipamiento urbano.

Durante una entrevista, explicó que dichos espacios fueron concebidos para parques, áreas verdes, instalaciones deportivas, centros culturales, vialidades y servicios públicos que beneficiarían directamente a las colonias donde se ubican.

«Estamos hablando de terrenos que pertenecen a los ciudadanos, no a un gobierno o a un partido político», sostuvo la regidora.

Aguado también cuestionó que la información sobre la operación fuera entregada a los integrantes del Cabildo apenas dos días antes de la sesión en la que se votó el acuerdo, situación que, afirmó, limitó la posibilidad de realizar un análisis técnico y jurídico adecuado.

El acuerdo aprobado por el Ayuntamiento autoriza la enajenación de diversos predios municipales y ordena a la Secretaría de Administración iniciar el procedimiento para desincorporarlos del dominio público y convertirlos en bienes del dominio privado del municipio.

Posteriormente, dichos inmuebles podrán ser subastados conforme a la Ley de Adquisiciones del Estado de Querétaro y la reglamentación municipal.

Pero uno de los puntos más controvertidos se encuentra en el Resolutivo Quinto.

Ahí se establece expresamente que el dinero obtenido por la venta podrá destinarse a:

  • equilibrar presiones financieras;
  • combustibles;
  • mantenimiento de vehículos;
  • inversión pública productiva;
  • obra pública;
  • drenajes;
  • la construcción del área deportiva del Parque Intraurbano Jurica Poniente;
  • así como cualquier otro concepto que genere directa o indirectamente un beneficio social.

La inclusión de conceptos como gasolina y mantenimiento vehicular detonó las críticas de la oposición, al considerar que dichos gastos corresponden al funcionamiento ordinario del gobierno y deberían financiarse con el presupuesto anual, no mediante la venta de patrimonio público.

¿Puede venderse patrimonio público?

La discusión jurídica gira alrededor de una figura denominada desincorporación.

Durante una entrevista con este medio, el abogado y analista político Carlos Rentería explicó que los terrenos provienen de las donaciones obligatorias que realizan los desarrolladores inmobiliarios al municipio cuando construyen fraccionamientos y condominios.

De acuerdo con el Código Urbano, esas superficies deben destinarse a equipamiento urbano y áreas verdes para beneficio colectivo.

Por esa razón, explicó, forman parte del dominio público del municipio.

«Son patrimonio de todos los queretanos y, por esa condición, no pueden venderse libremente», señaló.

Según Rentería, el problema no radica únicamente en la decisión política de vender los terrenos.

La controversia jurídica se centra en el procedimiento utilizado para hacerlo.

Explicó que la legislación estatal contempla la posibilidad de desincorporar bienes del dominio público para convertirlos en patrimonio privado del municipio, condición indispensable para que posteriormente puedan venderse.

Sin embargo, sostuvo que ese procedimiento debe cumplir requisitos específicos.

Se debe de  justificar plenamente que el inmueble dejó de ser útil para la prestación de un servicio público.

Y una vez que se demuestre esto se puede  concretar la desincorporación.

Desde esta interpretación jurídica, el Cabildo habría aprobado un procedimiento que podría no cumplir con las disposiciones legales vigentes.

Hasta el momento, Felipe Fernando Macias presidente Municipal del Municipio de Querétaro no ha reconocido la existencia de una ilegalidad y sostiene que el proceso permanece suspendido mientras se revisan los cuestionamientos formulados.

¿Para qué fueron donados originalmente esos terrenos?

La explicación resulta relevante para entender la dimensión del debate.

Cuando un desarrollador construye un nuevo fraccionamiento, la ley le obliga a donar una parte del terreno al municipio.

Ese patrimonio no representa un regalo para la administración en turno.

Su finalidad es garantizar que las futuras generaciones cuenten con espacios públicos suficientes para parques, jardines, clínicas, estaciones de bomberos, centros comunitarios, escuelas, instalaciones deportivas o infraestructura urbana.

En otras palabras, constituyen una reserva territorial para atender el crecimiento de la ciudad.

Por ello, diversos especialistas consideran que vender esos espacios para financiar gasto corriente implica modificar el destino para el cual fueron entregados originalmente.

Durante la entrevista, Rentería sostuvo que el municipio ha incrementado significativamente su gasto corriente respecto de la administración anterior.

De acuerdo con su análisis, este incremento asciende aproximadamente a mil 55 millones de pesos, principalmente en servicios generales y otros gastos administrativos.

Asimismo, rechazó que exista una disminución de participaciones federales que justifique la venta del patrimonio municipal, al señalar que las transferencias recibidas habrían superado las estimadas originalmente.

Esta polémica tiene un giro, por que la regidora Rosy Corral anunció a través de un comunicado a medios de comunicación, su intención de solicitar formalmente la reversión del sentido de su voto.

La decisión fue presentada mediante un documento dirigido al Ayuntamiento, después de conocer los argumentos jurídicos relacionados con el procedimiento de desincorporación.

De prosperar dicha petición, el Cabildo podría volver a discutir el acuerdo aprobado.

Carlos Rentería considera que, si eventualmente se confirma que el procedimiento incumplió la legislación aplicable, la Entidad Superior de Fiscalización del Estado podría revisar la actuación de los integrantes del Ayuntamiento.

No obstante, también recordó que la Ley de Responsabilidades Administrativas contempla mecanismos para corregir actos antes de que produzcan un daño patrimonial definitivo.

Por ello, recomendó cancelar el acuerdo antes de concretar cualquier venta.

Más allá del debate jurídico, el caso plantea una pregunta de fondo sobre la administración del patrimonio público.

¿Puede un gobierno vender terrenos destinados originalmente al desarrollo urbano para cubrir combustibles, mantenimiento vehicular y otras presiones presupuestales?

La respuesta definitiva corresponderá a las autoridades competentes y, en su caso, a los órganos de fiscalización o a los tribunales.

Mientras ello ocurre, el proceso permanece suspendido y la discusión continúa abierta.

Lo cierto es que la controversia ya dejó una lección política: la administración del patrimonio público exige los más altos estándares de transparencia, legalidad y rendición de cuentas, especialmente cuando se trata de bienes que pertenecen, en última instancia, a todos los ciudadanos.

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